Las tretas de la dictadura del siglo XXI
Las tretas de la dictadura del siglo XXI
Algo tienen
que hacer urgente la Mesa de la Unidad, la bancada de diputados opositores y
toda la sociedad civil de este país para acabar con las tretas de Maduro y su
pandilla de malandros judiciales que tomaron por asalto –mediante un descarado
fraude legislativo- el tribunal supremo de justicia, ya que esta cofradía
haciendo uso de unas tretas de mafiosos sin escrúpulos aniquilaron el
funcionamiento constitucional de la Asamblea Nacional, único poder público
conquistado con votos por la oposición en diciembre del año 2015. Se inventaron
unas figuras supuestamente jurídicas, totalmente absurdas e inaplicables al más
importante y legítimo órgano del poder público como es el legislativo. Su genio
tenebroso les indicó el “Desacato” y la “Omisión legislativa”, para que desde
Miraflores, ejercieran también ese poder, utilizando al tsj para el trabajo sucio.
Una dictadura de capos ¡pues!
Veamos. En
desacato solo incurren las personas naturales que son las que tienen capacidad
para dirigir o representar, convenir o disentir, mas no los entes colegiados de
los que formen parte o cuya representación tengan atribuida. En el caso de la
Asamblea Nacional es inconcebible que la supuesta falta de acatamiento por
parte de su junta directiva (Ramos Allup y su combo) de una decisión de un
tribunal, por muy supremo que este sea, afecte todo el funcionamiento del órgano
constitucional que representa la
voluntad soberana y los intereses de todo un país, porque la Asamblea a
diferencia de la presidencia de la República, si representa a todos los electores, tanto a quienes están a favor
del gobierno como a los que se le oponen, ya que está compuesta por miembros de
ambos bandos políticos, por lo que representa los intereses de todos los
venezolanos. El presidente si bien puede que represente a todos los
venezolanos, solo está allí por la voluntad de una mayoría circunstancial.
Cuando esa
Asamblea toma una decisión por la mayoría de sus miembros, esa decisión se
considera tomada por el órgano en su totalidad y si esa decisión contradice lo
dispuesto por otro órgano del poder público como es el caso del bufete de
Maduro, el “tsj”, sus diputados contumaces
o más bien su junta directiva, podrían ser sujetos de sanciones en el supuesto
de que hubieren obrado indebidamente, violando normas de orden público, mas la
decisión del órgano como tal solo puede ser objeto de las acciones de nulidad
previstas constitucionalmente. En el caso, por ejemplo, de la incorporación de
los diputados de Amazonas, cuya decisión fue cuestionada por el tsj, la responsabilidad
de ese acto fue exclusiva de la junta directiva. Pero esa actuación por muy
desacertada que sea (de la Asamblea o de su junta directiva), en el supuesto de
que lo fuera, no puede conducir a una sanción tan descabellada como la
desaparición de ese órgano constitucional, que fue en la práctica lo que
ocurrió con el fulano desacato que la
inhabilitó para legislar. Eso no es ni más ni menos que un desconocimiento de
la Constitución, ¡un golpe de Estado, pues¡ .Eso no existe en ningún país del
mundo, porque no resiste el más mínimo análisis de cordura y sensatez.
Para el
tsj es tan simple crear artificiosamente
un absurdo “desacato” por parte de la Asamblea, que un diputado tarado
podría inhabilitar fácilmente a ese órgano del poder público. Imaginemos algo absurdo. El tsj siguiendo las órdenes de
Maduro dicta una sentencia mediante la cual considera que el quórum de la
Asamblea para todas sus decisiones válidas debe contar con una presencia del
80% de los diputados. Esa orden puede sabotearla cualquier diputado necesario
para alcanzar ese quórum, ya sea de la oposición o del mismo bando chavista,
dejando de entrar a última hora al recinto del Hemiciclo. Eso bastaría para que
se considere a la Asamblea toda en desacato, inhabilitada para cumplir las
designaciones constitucionales y entraría entonces en juego la treta de la “omisión
legislativa”. Como vemos, la conducta de un tarado afectaría a todos los
legisladores al privarles de sus funciones legislativas, en el criterio oprobioso
del bufete del horror (tsj).
Estos
facinerosos de Miraflores y el PSUV, respaldados inauditamente por el alto
mando militar, para coronar la artimaña urdida por estos miserables jueces, se
inventaron esa fulana “Omisión legislativa”, interpretando descaradamente que
cualquier retraso de la Asamblea en el cumplimiento de su deber, debe ser
cubierto, ipso facto, sin escrúpulos, por el bufete de Maduro. La norma
constitucional solo establece que en caso de omisión (retardo de los
legisladores), el “tsj” aplique los “correctivos necesarios”, pero eso no puede
interpretarse -salvo fraudulentamente- como que le autoriza al tsj a suplir la
decisión de la Asamblea elegida por el pueblo, por la decisión de ellos mismos,
los amanuenses escogidos -también fraudulentamente- por Maduro y su pandilla.
La truculencia
de la combinación “Desacato” con “Omisión legislativa” es tan estrafalaria que
conduciría a la hipótesis absurda de que cuando se venzan los periodos de los
magistrados fraudulentos del tsj, como obviamente subsistiría este u otro
desacato, la Asamblea no podría designar a los magistrados, sino que esa
“omisión legislativa” sería resuelta con
la designación de los nuevos magistrados por los mismos magistrados. ¡Qué tal!
No cabe
más horror.
Deseo a
mis lectores que pasen una reconciliadora Noche
Buena y que en el próximo año 2017, aparezca “el hombre de la etiqueta” en
el tsj.
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