Las tretas de la dictadura del siglo XXI



Las tretas de la dictadura del siglo XXI


Algo tienen que hacer urgente la Mesa de la Unidad, la bancada de diputados opositores y toda la sociedad civil de este país para acabar con las tretas de Maduro y su pandilla de malandros judiciales que tomaron por asalto –mediante un descarado fraude legislativo- el tribunal supremo de justicia, ya que esta cofradía haciendo uso de unas tretas de mafiosos sin escrúpulos aniquilaron el funcionamiento constitucional de la Asamblea Nacional, único poder público conquistado con votos por la oposición en diciembre del año 2015. Se inventaron unas figuras supuestamente jurídicas, totalmente absurdas e inaplicables al más importante y legítimo órgano del poder público como es el legislativo. Su genio tenebroso les indicó el “Desacato” y la “Omisión legislativa”, para que desde Miraflores, ejercieran también ese poder, utilizando al tsj para el trabajo sucio. Una dictadura de capos ¡pues!

Veamos. En desacato solo incurren las personas naturales que son las que tienen capacidad para dirigir o representar, convenir o disentir, mas no los entes colegiados de los que formen parte o cuya representación tengan atribuida. En el caso de la Asamblea Nacional es inconcebible que la supuesta falta de acatamiento por parte de su junta directiva (Ramos Allup y su combo) de una decisión de un tribunal, por muy supremo que este sea, afecte todo el funcionamiento del órgano constitucional  que representa la voluntad soberana y los intereses de todo un país, porque la Asamblea a diferencia de la presidencia de la República, si representa a todos  los electores, tanto a quienes están a favor del gobierno como a los que se le oponen, ya que está compuesta por miembros de ambos bandos políticos, por lo que representa los intereses de todos los venezolanos. El presidente si bien puede que represente a todos los venezolanos, solo está allí por la voluntad de una mayoría circunstancial.


Cuando esa Asamblea toma una decisión por la mayoría de sus miembros, esa decisión se considera tomada por el órgano en su totalidad y si esa decisión contradice lo dispuesto por otro órgano del poder público como es el caso del bufete de Maduro, el “tsj”,  sus diputados contumaces o más bien su junta directiva, podrían ser sujetos de sanciones en el supuesto de que hubieren obrado indebidamente, violando normas de orden público, mas la decisión del órgano como tal solo puede ser objeto de las acciones de nulidad previstas constitucionalmente. En el caso, por ejemplo, de la incorporación de los diputados de Amazonas, cuya decisión fue cuestionada por el tsj, la responsabilidad de ese acto fue exclusiva de la junta directiva. Pero esa actuación por muy desacertada que sea (de la Asamblea o de su junta directiva), en el supuesto de que lo fuera, no puede conducir a una sanción tan descabellada como la desaparición de ese órgano constitucional, que fue en la práctica lo que ocurrió con el  fulano desacato que la inhabilitó para legislar. Eso no es ni más ni menos que un desconocimiento de la Constitución, ¡un golpe de Estado, pues¡ .Eso no existe en ningún país del mundo, porque no resiste el más mínimo análisis de cordura y sensatez.

Para el tsj es tan simple crear artificiosamente  un absurdo “desacato” por parte de la Asamblea, que un diputado tarado podría inhabilitar fácilmente a ese órgano del poder público. Imaginemos  algo absurdo. El tsj siguiendo las órdenes de Maduro dicta una sentencia mediante la cual considera que el quórum de la Asamblea para todas sus decisiones válidas debe contar con una presencia del 80% de los diputados. Esa orden puede sabotearla cualquier diputado necesario para alcanzar ese quórum, ya sea de la oposición o del mismo bando chavista, dejando de entrar a última hora al recinto del Hemiciclo. Eso bastaría para que se considere a la Asamblea toda en desacato, inhabilitada para cumplir las designaciones constitucionales y entraría entonces en juego la treta de la “omisión legislativa”. Como vemos, la conducta de un tarado afectaría a todos los legisladores al privarles de sus funciones legislativas, en el criterio oprobioso del bufete del horror (tsj).


Estos facinerosos de Miraflores y el PSUV, respaldados inauditamente por el alto mando militar, para coronar la artimaña urdida por estos miserables jueces, se inventaron esa fulana “Omisión legislativa”, interpretando descaradamente que cualquier retraso de la Asamblea en el cumplimiento de su deber, debe ser cubierto, ipso facto, sin escrúpulos, por el bufete de Maduro. La norma constitucional solo establece que en caso de omisión (retardo de los legisladores), el “tsj” aplique los “correctivos necesarios”, pero eso no puede interpretarse -salvo fraudulentamente- como que le autoriza al tsj a suplir la decisión de la Asamblea elegida por el pueblo, por la decisión de ellos mismos, los amanuenses escogidos -también fraudulentamente- por  Maduro y su pandilla.

La truculencia de la combinación “Desacato” con “Omisión legislativa” es tan estrafalaria que conduciría a la hipótesis absurda de que cuando se venzan los periodos de los magistrados fraudulentos del tsj, como obviamente subsistiría este u otro desacato, la Asamblea no podría designar a los magistrados, sino que esa “omisión legislativa”  sería resuelta con la designación de los nuevos magistrados por los mismos magistrados. ¡Qué tal!

No cabe más horror.


Deseo a mis lectores que pasen una reconciliadora Noche Buena y que en el próximo año 2017, aparezca “el hombre de la etiqueta” en el tsj.

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